La policía local de Granada ha multado a un vecino con 500 euros por circular en bicicleta en sentido contrario por la calle Ángel Ganivet, además el Ayuntamiento solicita la retirada de 6 puntos del carné de conducir automóviles.

La calle Ángel Ganivet tiene está señalizada como calle residencial (señal S-28), en la cual la práctica de juegos y deportes en la calzada está autorizada. La bicicleta, además de ser un vehículo, también es un juego y deporte. No podemos imaginar a los niños que aparecen en la señal jugando con una bicicleta exclusivamente en el sentido estipulado por la circulación de tráfico.imagesEn la práctica la calle Ángel Ganivet no es una calle residencial debido a su propia realización física (con maceteros que hacen de barrera entre la calzada y la acera), así como a la ausencia de gente haciendo un uso de este espacio. La circulación de vehículos por esta calle continúa siguiendo el mismo patrón previo a la colocación de la señal S-28. Esta multa acaba de confirmarnos la realidad: el carácter residencial en la calle Ángel Ganivet es falso.

Por si esto fuera poco, la multa asciende a 500 euros, como si se hubiera provocado un riesgo del mayor nivel posible. Sin embargo, el artículo 45 de la Ordenanza Municipal de Peatones y Ciclistas de Granada establece 80 euros como la máxima sanción a una infracción cometida en bicicleta (aunque las infracciones que recoge dicha ordenanza tan solo se refieren al amarre de la bicicleta a árboles, mobiliario urbano o señales entorpeciendo el paso de vehículos y peatones, o impidiendo la visibilidad de la señal).

El Ayuntamiento solicita la retirada de 6 puntos en el carné de conducir automóviles, sin embargo, la DGT solo puede quitar puntos a aquellas personas que conduzcan vehículos que requieran de autorización administrativa para circular, lo cual no es el caso de la bicicleta (vehículo que no se necesita de autorización para circular).

En concreto dicho vecino recibía a comienzos de este mes la notificación de pago de 525 euros, los 500 de la multa más un recargo del 5 por ciento por retrasarse en el pago, por circular en sentido contrario al del tráfico por la calle Ángel Ganivet el pasado 23 de octubre de 2014, cuando fue interceptado por dos agentes de la Policía Local.

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 El vecino presentó una detallada reclamación esta misma semana en la que alegaba las cuestiones que hemos ido indicando, así como que el ancho del carril en Ganivet es de más de 5 metros entre maceteros, “y permite una gran visibilidad y capacidad de reacción”, insistiendo en que él circulaba a menos de 10 Km/h y que, al ser una calle residencial, la velocidad máxima de circulación de los vehículos en sentido correcto es de 20 Km/h. Por lo tanto, la sanción de 500 euros es totalmente desproporcionada. Pero debido a que se han consumido los plazos de reclamación tan solo le queda recurrir la sanción judicialmente a través de un Contencioso-Administrativo.

Posteado desde: https://enbicialtrabajo.wordpress.com/2015/03/09/sancion-desproporcionada-a-un-ciclista-en-granada/

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